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COMUNICACIONES / NOTICIAS

COMUNICADO: Tenedores de Bonos de Petróleos de Venezuela y Electricidad de Caracas

PDVSA.COM /
Martes, 15 Septiembre 2020

El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, en ejercicio pleno de sus atribuciones constitucionales y legales, ratifica ante el pueblo venezolano y la comunidad intemacional su total disposición de honrar los compromisos válidamente asumidos con los tenedores de títulos emitidos por la República, por Petróleos de Venezuela (PDVSA) y por la Electricidad de Caracas.

Venezuela se ha caracterizado siempre por dar fiel cumplimiento a sus obligaciones de pago por los servicios de deuda externa, a pesar de la criminal agresión multiforme perpetrada contra el país. En virtud de ello, en noviembre de 2017, anunció la intención de reestructurar su deuda y convocó a los tenedores nacionales e internacionales y sus representantes a un proceso de diálogo constructivo, a los fines de buscar fórmulas que permitieran de manera estructural y conjunta superar las limitaciones impuestas por las medidas coercitivas unilaterales adoptadas contra el país.

Sin embargo, la emisión de nuevas medidas unilaterales por parte del Gobierno de los Estados Unidos de América contra la República Bolivariana de Venezuela ha impedido el desarrollo de este esfuerzo de diálogo para alcanzar el objetivo de reestructuración anunciado. Entretanto, los plazos de prescripción para las reclamaciones de derechos causados han comenzado a correr.

Por tal razón, la República, PDVSA y la Electricidad de Caracas anuncian una oferta condicional conjunta de interrupción de los períodos de prescripción de determinados bonos emitidos por dichas entidades, con el fin de garantizar que los inversores no resulten afectados por el ilegal accionar de quienes detentan el poder en los Estados Unidos de América.

Las condiciones específicas de la oferta condicional se anexan a continuación de este Comunicado, y serán detalladas oportunamente por el Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas y las entidades emisoras.

Con esta medida, la República Bolivariana de Venezuela presenta una nueva muestra de su actuación  de buena fe y espíritu de cooperación, con el objeto de continuar avanzando en un proceso de  reestructuración que permita salvaguardar los derechos de los acreedores, sin afectar el proceso de crecimiento y recuperación económica del país.

Caracas, 15 de septiembre de 2020.

OFERTA CONDICIONAL DE INTERRUPCIÓN DE LOS PERÍODOS DE PRESCRIPCIÓN EN LOS BONOS SOBERANOS INTERNACIONALES DE VENEZUELA, LOS BONOS DE PDVSA Y LOS BONOS DE LA ELECTRICIDAD DE CARACAS

El 3 de noviembre de 2017, los emisores de los bonos referidos precedentemente (los “Emisores”) anunciaron su intención de reestructurar su deuda.

En razón de la imposición de sanciones unilaterales por el Gobierno de los Estados Unidos contra la República Bolivariana de Venezuela (sus entes e instituciones) no ha sido posible que los Emisores se reúnan con los tenedores de bonos y sus representantes para alcanzar el objetivo de reestructuración anunciado. Entretanto, los plazos de prescripción (statutes of limitation) en Nueva York y Venezuela, que contienen la posible limitación de los derechos de los tenedores de bonos, han comenzado a correr.

Con el fin de salvaguardar las respectivas posiciones de los tenedores de bonos y los Emisores, derivados de esta situación, los Emisores anuncian conjuntamente la siguiente oferta condicional (la "Oferta"), interviniendo cada Emisor respecto de sus bonos emitidos, enumerados en anexo de la Oferta (los "Bonos Relevantes"):

•    El Acuerdo para interrumpir los plazos en curso de prescripción (statute of limitation) de capital e intereses de los Bonos Relevantes surtirá efectos siempre que se cumplan determinadas condiciones  con anterioridad al 13 de octubre de 2020 (la "Fecha de Aceptación").

•    El acuerdo se formalizará mediante la celebración de un acuerdo de interrupción o mediante el Intercambio de cartas enviadas a la dirección indicada por el Emisor correspondiente, previo a la Fecha de Aceptación.

•    El acuerdo para interrumpir el plazo de prescripción (statutes of limitation) en curso solo tendrá efecto para cierta serie de bonos si:

•    Los tenedores de bonos que representen más del 75% del monto de capital actualmente pendiente de esa serie de bonos aceptan la Oferta;

•    Estos tenedores de bonos celebran un acuerdo de interrupción o envían una carta de aceptación por escrito, ambos en la forma acordada, y

•    Estos tenedores de bonos acuerdan suspender (en el caso de que los reclamos ya se encuentren pendientes), o acuerdan no presentar o hacer valer (en todos los demás casos), todas y cada una de los reclamos y procedimientos judiciales que busquen declarar vencidos y pagaderos, o ejecutar el pago del capital, intereses o cualquier monto derivado de los Bonos Relevantes.

•    El acuerdo de interrupción o la carta de aceptación contendrá los puntos sustanciales mencionados en esta Oferta, así como los términos estándar del mercado y las disposiciones para acuerdos de esta naturaleza.

•    Los Emisores entienden que los tenedores de bonos pueden requerir un consentimiento, licencia o aprobación regulatoria para aceptar la Oferta. En la medida de lo posible, los Emisores colaborarán con los tenedores de bonos en sus esfuerzos para obtener dicho consentimiento, licencia o aprobación regulatoria.

•    Esta Oferta estará vigente hasta la medianoche hora de Caracas del día 13 de octubre de 2020. Las aceptaciones recibidas por los tenedores de bonos con posterioridad a esa fecha y hora serán rechazadas.
Toda comunicación o solicitud de información adicional, así como las cartas de aceptación de la Oferta; deberán ser remitidas al Emisor que corresponda, como se indica:

•    BONOS SOBERANOS INTERNACIONALES DE VENEZUELA: Oficina Nacional de Crédito Público, ONCP. Dirección General de Administración de Deuda. Ministerio del Poder Popular de Finanzas, Av. Urdaneta, Torre Ministerio del Poder Popular de Finanzas, piso 6, esquina de Las Carmelitas. Caracas, 1010. Municipio Libertador. Distrito Capital. Venezuela. Atención: Dirección General de Administración de Deuda, ONCP. E-mail: oferta condicional@mppef.gob.ve. Teléfonos:  (+58) 212-802.61061 (+58) 212-802.6129. Página web: www.oncp.gob.ve

•    BONOS DE PDVSA: Dirección Ejecutiva de Planificación Financiera de PDVSA. Av. Libertador, Edificios Petróleos de Venezuela, Torre Este, piso 8. La Florida. Caracas, 1050. Municipio Libertador. Distrito Capital. Venezuela. Atención: Dirección Ejecutiva de Planificación Financiera, PDVSA E-mail: ofertacondicional@pdvsa.com Teléfonos: (+58) 212-708.1405. Página web: www.pdvsa.com

•    BONOS DE LA ELECTRICIDAD DE CARACAS: Corporación Eléctrica Nacional (CORPOELEC), Avenida Vollmer, Edificio CORPOELEC, San Bernardino. Caracas, 1011. Atención: Gerencia General de Finanzas de CORPOELEC. E-mail: ofertacondicional@corpoelec.gob.ve Teléfonos: (+58) 212 5020121. Página web: www.corpoelec.gob.ve

Caracas, 15 de septiembre de 2020

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